Malta. Explosiva carta de Chile del Presidente de la Orden sobre la Reforma.

14 Aprile 2021 Pubblicato da

Marco Tosatti

Queridos amigos y enemigos de Stilum Curiae, como sabéis, se está trabajando en la modificación del reglamento que guía la vida de la Soberana Orden Militar de Malta. La Orden, tras la inmotivada decapitación del Gran Maestre Matthew Festing por el Pontífice reinante, está en manos del partido alemán, que parece sufrir los mismos estímulos que sufren muchas iglesias alemanas, es decir, alguna forma de protentistacíon, de adaptación a la cultura mundana y a cierto gusto por los negocios y el dinero. Este tipo de hegemonía, que querría convertir a la Soberana Orden Militar de Malta en una especie de ONG católica, no se produce sin la resistencia en todo el mundo de quienes quieren defender y mantener el carácter espiritual y religioso de la Orden. La carta que encontrarán a continuación es un resumen extremadamente detallado y explícito de lo que no debe ser la reforma; y esperamos que sea cuidadosamente considerada por el Delegado Especial, el Cardenal Silvano Tomasi, a pesar de su cercanía -cuando era Nuncio en Suiza- al “Partido Alemán” (al que ni siquiera el Secretario de Estado, Parolin, sería ajeno) y al asunto de una polémica herencia gigantesca. Entre otras cosas, hay quienes atribuyen a la independencia mostrada hacia la todopoderosa facción germana la decapitación de Card. Angelo Becciu, cuya intepestividad y falacia fue entonces revelada. Una buena lectura.

§§§

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Señor
Don Juan T. O’Naghten y Chacón Delegado Especial para Iberoamérica Soberana y Militar Orden de Malta.

Estimado Cofrade:

 

Por la presente, tengo el agrado de saludarlo muy afectuosamente y de agradecerle la valiosa información que tuvo a bien proporcionarnos en la interesante reunión del 21 de octubre pasado, en relación con el proyecto de reforma de la Carta Constitucional y el Código de nuestra Orden.

Al finalizar esa reunión, quedamos en hacerle llegar a Ud. y a las autoridades de la Orden nuestra opinión respecto de los diversos aspectos que se contemplan en la reforma, así como algunas preocupaciones que tenemos acerca de algunos otros temas.

En cuanto a la reforma, nos permitimos hacerle presente lo siguiente:

1. Reglas para nuevos miembros profesos:

a. Espiritualidad de la Orden: Siendo importante la espiritualidad del trabajo por amor a Dios, es decir por caridad, se hace necesario recordar la dimensión contemplativa de nuestra vida: Santa Misa, comunión, adoración, rosario, vía crucis, lectura espiritual, de la Escritura y de los Padres y Doctores. Es necesario conformarse con Cristo y pedirle que nos transforme en Él. Santa Teresa de Calcuta señalaba que el silencio favorece la fe, de la fe surge el amor, del amor surge el servicio y de éste, la paz. Si no hay una relación personal y ojalá estrecha con Dios, si no se vive para Dios, no habrá servicio y si lo hubiera no sería meritorio. Al momento del juicio nos valdrá más un vaso de

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Santiago de Chile, enero de 2021

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agua dado por amor a Dios, que haber entregado incluso nuestro cuerpo a las llamas por cualquier otro motivo, pero sin amor a Dios (I Cor 13,3).

b. Por eso es importante la mantención de un rol gravitante y relevante de profesos en el gobierno y en las obras de la Orden. Aportarán ahí la necesaria presencia de espiritualidad y de experiencia. La fórmula “what concerns all must be decided by all” debe ser aclarada y precisada, pues en definitiva se podría llegar a un absurdo “all concerns all”. Pero el principio de que los laicos no impongan a los profesos sus criterios en cuanto a su forma de vida, debe respetarse. Tampoco se debiera imponer a quienes ya han iniciado su camino hacia la profesión la obligación de aceptar para su futura vida nuevas normas o de retirarse después de haber estado años -alargados por la paralización del iter para la profesión- esperando para profesar.

c. Creemos y nos parece lo más correcto canónicamente, que la forma de vida de los profesos debe, en principio, ser fundamentalmente decidida por ellos. En ellos reside la continuidad de la Orden.

d. También por eso el Gran Maestre debe ser un religioso profeso probado y con experiencia, aunque se puedan flexibilizar algunas exigencias nobiliarias para ser elegible.

e. Es importante un trabajo serio de búsqueda y consolidación de vocaciones para profesos, para lo que se debe mostrar una perspectiva de vida coherente, de entrega a Dios y con posibilidades serias y de calidad de formación, preparación y servicio. Se requiere de una formación doctrinaria ortodoxa y seria y de una formación espiritual de iguales características, a las que se debe agregar una fuerte piedad mariana y eucarística, con una vida litúrgica seria, adorante y profunda, ya que es ella la fuente y el culmen de la vida de la Iglesia.

2. Elegibilidad y función del Gran Maestre:

a. Coincidimos en la conveniencia de permitir que la Orden elija un Gran Maestre de una lista con un número mayor de candidatos, para lo cual pudiera reducirse algún requisito nobiliario, sea

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dispensando algún tercer o cuarto apellido, sea disminuyendo en algo la antigüedad necesaria en la prueba inglesa, u otras fórmulas realistas y moderadas, y siempre conservando que los candidatos deban ser Caballeros Profesos con tiempo suficiente en Votos Solemnes. La referencia a la “nobleza del corazón” aparece insuficiente. Ella es exigible de todos los miembros de la Orden, incluso de los que no están en las categorías nobiliarias. La nobleza es una presunción de virtud, pero también el resultado de acciones meritorias y heroicas, distinguidas y acumuladas al servicio del bien común, confirmadas según los casos y las épocas por la comunidad o la autoridad. Esa herencia debe ser mantenida e incrementada, y obliga a exigir a las generaciones actuales que vivan a la altura moral de sus antepasados. Por esto, la sola nobleza no constituye un derecho de ingresar a la Orden. Pero la presunción que ella implica y el respeto por la tradición que es también un ejemplo, están en la tradición de la Orden constitutivamente, por lo que no puede ser eliminada. (Vid. Benedicto XV, Alocución al Patriciado y a la Nobleza romana del 5 de enero de 1920; Alocución al Patriciado y a la Nobleza romana; 1920; y Pío XII, Alocuciones al Patriciado y a la Nobleza romana de 1940, 1941, 1942, 1943, 1944, 1945, 1946, 1947, 1948, 1949, 1950, 1951, 1952 y 1958).

b. Lo anterior hace necesario, además, ampliar el número de los Caballeros Profesos, para lo cual se deberían favorecer las vocaciones a esa primera Clase. (Ya tocado en punto 1.a.).

c. La Orden no es una empresa moderna ni una democracia. Ha sido siempre una monarquía electiva y efectiva, no absoluta. Alguna limitación de los poderes del Gran Maestre, si se demuestra necesaria, debe ser contenida y muy bien estudiada y justificada; pero, en todo caso, no debiera desnaturalizar su calidad de monarca. Estimamos que la idea de que el Gran Canciller se constituya como Jefe de Gobierno no aparece compatible con la naturaleza de la Orden y puede llevar fácilmente a situaciones conflictivas.

3. Mejoras en las estructuras gubernamentales y regionales de la Orden.

a. Aunque desde un punto de vista racionalista administrativo parece atractivo el criterio de una sola organización por cada territorio, nos parece que, aunque sea más complejo y aunque a veces surjan conflictos, la coexistencia con subprioratos facilita, sin obligarlos a la vida en común, el desarrollo y actividad espiritual de los religiosos. Desde allí pueden aportar. De lo contrario se les

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diluye, a veces en grupos muy grandes, con lo que quedan aislados en su especificidad, y su influencia, salvo en el caso de personalidades con mucho carisma, se puede perder en la práctica.

b. Por otra parte, el Priorato o Subpriorato permite a los Profesos y a los Caballeros en Obediencia trabajar juntos y conocerse, lo que favorece el surgimiento de vocaciones para Profesos.

c. Los Grandes Prioratos deben tener a su cabeza un Gran Prior profeso, salvo alguna circunstancia muy excepcional y calificada. No parece lógico que, en tiempos de decisivas elecciones y decisiones, los seis Grandes Prioratos estén gobernados por Procuradores nombrados por el Gran Magisterio.

d. Otras materias:

i. Los delegados regionales de América del Sur al Consejo completo de Estado, en un número mínimo de dos, deben ser elegidos por las Asociaciones de la región, según criterios de mayoría y rotación, como se convino en su momento; y no designados por la reunión general de Presidentes.

ii. Estimamos que el Orden del día para los Capítulos Generales debe ser conocido con bastante anticipación y completa información previa por los Grandes Prioratos, Subprioratos y Asociaciones, de manera que los temas puedan ser bien estudiados. Podría, una vez conocido el Orden del día y los documentos pertinentes, abrirse un período para que dichas entidades puedan proponer sus iniciativas, las que deberían ser informadas con suficiente anticipación a las demás.

iii. Creemos que el sistema judicial de la Orden y el Abogado de Estado deben ser reformulados, para que su independencia sea total en lo jurídico y efectiva en lo operacional, sobre todo en relación a los poderes de la administración central.

iv. Sería muy conveniente para la Orden que haya también una reforma de su administración. Algunas personas llevan casi 30 años en el poder y las mismas ocupan cargos en todos los órganos. Así como los Obispos deben retirarse a cierta edad (75 años) y los presidentes de las Asociaciones también, estimamos que habría que poner un límite de edad a los miembros del Soberano Consejo y demás órganos de la Orden, salvo al Gran Maestre.

4. Formación permanente.

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a. Coincidimos absolutamente en la necesidad de una formación permanente, tanto teológica como espiritual de todos los miembros de las tres clases.

b. A este respecto, nos parecen de la mayor relevancia los esfuerzos respecto del “obsequium pauperum”; pero nos preocupa que no se hable suficientemente del otro aspecto de nuestro carisma, relativo a de la “tuitio fidei”, en circunstancias que ambos son inescindibles. San Pablo dice que sin fe no es posible agradar a Dios.

c. En tiempos de confusión teológica como los actuales, es muy importante tanto hacia dentro de la Orden, como fundamento y cauce de nuestras actividades y como base de la espiritualidad y de la formación de jóvenes y de miembros de la Orden, una doctrina segura, que defienda, transmita y aplique el depósito de la fe, revelada por Cristo en persona, en toda su integridad y pureza, y una espiritualidad centrada en una íntima unión con Cristo y con su Santa Madre, en la que la vida se viva para Cristo y con Cristo, en la adoración, la eucaristía, la liturgia y el servicio, apoyada en una teología segura la tradición y el magisterio perenne de la Iglesia. Es el amor sobrenatural a Dios el que se hace amor y servicio al pobre. Pero entendiendo que Nuestro Dios, la Santa e Indivisa Trinidad, cuya segunda Persona se encarnó por nosotros como hombre, enseñó, padeció, murió, fue sepultado, resucitó gloriosamente al tercer día y volverá a juzgar a vivos y muertos, no es convertible con el dios del Islam ni con otros denominados dioses que no lo son. Más específicamente para nuestros días hay que precaverse contra ideas inmanentistas o historicistas, que suelen disminuir la eterna subsistencia de la Santísima Trinidad, antes, durante y después de nuestra historia, y el depósito de la fe como siempre lo ha enseñado la Iglesia. Y debemos reafirmar la Divinidad de Nuestro Señor Jesucristo, su presencia real en la Eucaristía, y la naturaleza de la Iglesia como necesaria para la salvación. También alejarse de todo relativismo moral, especialmente en cuanto a los preceptos negativos, a las cosas condenadas como malas por sí mismas. Reconociendo también la naturaleza humana como creada por Dios con contenidos permanentes para la moral y el derecho. Respeto y obediencia a la ley eterna y a la ley natural. La heterodoxia en teología va de la mano con morales desviadas. La recta doctrina y la vida espiritual se hacen servicio al prójimo. Pero el primado es de la doctrina a la cual debe servir la praxis. Invertir tal orden sería una rebelión contra Dios.

d. Como mínimo debería seguirse fielmente el Catecismo de la Iglesia Católica, la declaración Dominus Jesus y la Carta Apostólica “Ordinatio Sacerdotalis”. Creemos que por su importancia e incidencia actual debieran también considerarse muy importantes las encíclicas Humanae Vitae, Evangelium Vitae, Redemptor Hominis, Dives in misericordia, Caritas in Veritate, Fides et Ratio, Veritatis Splendor, Ecclesia de Eucharistia y Dominum et Vivificantem.

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e. También, hacia afuera de la Orden, debe manifestarse nuestra fe, como diría San Pablo “opportune et importune,” (II Timoteo 4, 1-5) del modo más adecuado. Esto vale para lo dogmático y para lo moral. Nuestra luz debe brillar ante los hombres (Mt 5, 14-16); pero para gloria de Dios y edificación de los hombres, por lo que no puede ser presentada sin el Evangelio, el que debemos predicar a todos (Mt 28, 16-20 y Mc 16, 15-18).

f. También debiera enseñarse, con amor, fidelidad y respeto, la historia de la Orden, de la cual, más allá de inevitables miserias humanas, que se dan en todas partes, no debemos avergonzarnos ni pedir disculpas, sino enorgullecernos y tomar ejemplo de tanta caridad con los necesitados, de tan heroica protección de los débiles y de la Cristiandad. Tantos héroes a quienes admirar, y quizá cuántos mártires desconocidos, además de los que están consignados en el Santoral de la Orden. Son ejemplos que son y serán muy válidos en los difíciles tiempos que se avecinan.

g. En suma, fidelidad estricta al depósito de la Fe y respeto por la tradición de la Orden.

5. Eliminación de la palabra “Militar” del nombre de la Orden.

a. Militar viene del latín “miles-militis”, que siempre ha querido decir soldado, lo cual se condice perfectamente con nuestro carisma de la tuitio fidei, en el mismo sentido en que decimos que cuando recibimos el sacramento de la confirmación, somos “soldados de Cristo”.

b. Esto tiene que ver con que la misión de un caballero conlleva siempre un matiz de combatividad. A ello lo lleva la caridad que busca la salvación de todos, y lo sustenta la fe.

c. La expresión Miles Christi no se refiere sólo a ser siervos de Cristo sino, como lo muestra cualquier Diccionario latino, significa soldado, militar (de ahí viene, entre otras lenguas, la palabra española).

d. Y en el contexto de Tierra Santa, Rodas y Malta no cabe duda, no sólo de cómo fue entendida sino de con qué sentido se originó y vivió. Y esto ha marcado y constituido la tradición y la espiritualidad de la Orden. No se puede borrar un período de 600 años. Para muchos esta tradición fue y es muy importante en su vocación.

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e. Por casi mil años los caballeros han vivido, rezado, servido, luchado y muerto por Cristo, desarrollando una tradición que, si puede ser purificada en algunos aspectos, debe ser respetada y vivida so pena de perder la identidad y las riquezas que nos transmite.

f. Por esto conviene mantener el adjetivo militar. Es posible no usarlo en el Líbano o en los países musulmanes. Pero la Orden no ha sido marginalmente militar, sino lo ha sido por casi toda su milenaria historia.

g. Las Cruzadas, vistas desde una correcta perspectiva histórica, no son por su naturaleza motivo de arrepentimiento ni de pedir perdones. Caer en la tentación de hacer eso es caer en el irenismo políticamente correcto, con su trasfondo de relativismo, además de caer en auto culpabilización, que psicológicamente genera una terrible voluntad autodestructiva.

6. Reflexión final en torno a la Reforma.

Estimamos peligrosas las reformas drásticas. En cualquier reforma, debe respetarse la naturaleza concreta de la Orden; no sólo la ley, ni sólo el carisma. Casi mil años constituyen una tradición y una cierta personalidad colectiva. Parte de ella son la historia, los usos y costumbres propios, el derecho, las ceremonias, los hábitos de iglesia, banderas, escudos, oraciones y devociones propias, el recuerdo y honor de quienes nos precedieron, el legítimo orgullo por los hechos caritativos y heroicos, los santos de la Orden, sus héroes, sus grandes gestas, como Lepanto y los grandes sitios, y la preocupación de transmitir este legado a quienes vengan después de nosotros. Todo esto debe ser respetado y tratado con gran delicadeza en períodos de reformas. El siglo pasado nos provee de abundantes ejemplos de las desastrosas consecuencias que trae desatender estas realidades.

En otro orden de cosas, queremos manifestar nuestra preocupación por ciertos temas:

7. Hemos tenido conocimiento de que, luego de los problemas producidos por la distribución en África y Asia de anticonceptivos y abortivos, éstos se estarían entregando a los Johanniter, quienes, como Malteses protestantes, no tienen problemas en entregarlos. Esto nos parece claramente inmoral e inaceptable, pues es una colaboración con el mal. Hay cosas que son siempre malas per se, propiamente los preceptos negativos. El principio de que hay actos siempre malos ha sido recientemente confirmado por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

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 8. Nuestra Asociación escribió al Gran Maestre con respecto a la Intervención, con graves faltas a la ortodoxia sobre familia y feminismo, de la delegada en Naciones Unidas en Nueva York, señora Arditi de Castelvetere y nunca recibimos respuesta. Este tipo de situaciones no puede repetirse, pues causa grave daño a la Iglesia y a la Orden. Y agradeceríamos recibir respuesta a nuestras comunicaciones.

9. Problemas jurídico- litúrgicos.

a. Nos ha llamado la atención y nos preocupa la prohibición de celebración de la Santa Misa según la Forma Extraordinaria en la Liturgia de la Orden. Según el Motu Proprio Summorum Pontificum el Gran Maestre carece de jurisdicción para ello, dado que no se dio ni se da ninguno de los fundamentos de hecho que, según el Motu Proprio referido, pudieran haberle otorgado jurisdicción. Él no podía ni puede modificar un acto de jurisdicción pontificia.

Según el dicho Motu Proprio el Gran Maestre sólo tiene jurisdicción al respecto en el caso en que se le hubiera solicitado el uso “a menudo o habitualmente o permanentemente”, cosa que nadie ha solicitado, y aún en tal caso su jurisdicción alcanza sólo a aprobar o rechazar tal petición. El Motu Proprio ni siquiera considera la posibilidad de una prohibición general, por lo que no hay ni puede haber facultad para ello. Reproducimos el artículo pertinente:

“Art. 3.- Las comunidades de los Institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, tanto de derecho pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o «comunitaria» en sus oratorios propios, pueden hacerlo. Si una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quiere llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares.”

Así por justicia, por obediencia al Motu proprio Summorum Pontificum y por prudencia, procede derogar tal prohibición, pues, aunque de suyo no tenga valor por falta de jurisdicción, aparece malsonante y puede dar lugar a conflictos de conciencia y judiciales. Es mejor corregir desde ya el error. Además, porque podría ser interpretado como una forma de hacer caer las disposiciones del Motu proprio Summorum Pontificum en desuetudo, lo que aparecería como una rebeldía, aunque no pueda producir tal efecto, entre otras razones, porque el mismo Motu Propio declara que la hoy llamada Forma Extraordinaria nunca fue revocada.

b. En el Capítulo de nuestra Asociación en junio de 2019, un caballero preguntó al Eminentísimo Cardenal Jorge Medina, Prefecto emérito de la Congregación para el Culto Divino, Bailío Gran Cruz de Honor y Devoción de nuestra Orden y Capellán Mayor de nuestra Asociación, sobre su juicio al respecto; y el Señor Cardenal expuso articuladamente que tal prohibición violaba el Motu Proprio Summorum Pontificum. Fue una exposición tranquila y articulada, fundamentada y convincente, y

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ASOCIACIÓN CHILENA DE LA ORDEN DE MALTA

no atribuible, como alguien dijo, a la irritabilidad motivada por la diabetes que sufre el Señor Cardenal

c. Hacemos presente que nuestra Asociación sólo en una oportunidad ha celebrado la Santa Misa conforme el rito extraordinario; pero nos parece que es un derecho de todos los fieles, y por tanto de todos los miembros de la Orden, que no puede ser conculcado.

Esperamos pueda hacer llegar estas opiniones y preocupaciones al Gran Magisterio, a fin de que puedan ser tenidas en consideración, cuando corresponda pronunciarse acerca de la reforma de la carta Constitucional, en la convicción de que contribuirán al bien de la Orden y de la Santa Madre Iglesia. Como tanto la reunión por videoconferencia a que nos hemos referido, cuanto esta carta, son posteriores a discusiones más amplias que se han hecho, hemos creído necesario enviarla también a las demás Asociaciones americanas y a la Asociación Española.

Lo saluda con fraternal afecto,

Mario Correa Bascuñá-+n Presidente Asociación Chilena Soberana Orden de Malta

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  §§§




Ecco il collegamento per il libro in italiano.

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